Derecho al Saneamiento Ambiental
Los Cabos, B.C.S. - Información para 2025
¿Cuál es el importe del derecho? (Tarifas 2025)
Cuartos Hoteleros
70% UMA
Plataformas Digitales
200% UMA
Renta de Autos
50% UMA
Restaurantes y Bares
10% UMA
Embarcaciones Marítimas
50% UMA
Basado en el Decreto Legislativo 3134. UMA: Unidad de Medida y Actualización.
Nota: La tarifa se aplica por transacción. Ej: por noche/cuarto (hospedaje), por cuenta/mesa (restaurantes), o por contrato de arrendamiento (autos/embarcaciones).
¿Quién lo paga?
- Huéspedes y usuarios de hoteles, moteles, hostales y plataformas digitales.
- Clientes de restaurantes, bares, cantinas, discotecas, cafés y similares.
- Clientes que arrienden vehículos automotores.
- Clientes que arrienden embarcaciones marítimas recreativas y/o deportivas.
¿Quién lo retiene?
- Establecimientos de hospedaje (hoteles, plataformas, etc.).
- Establecimientos de alimentos y bebidas (restaurantes, bares, etc.).
- Arrendadoras de autos dentro del municipio.
- Arrendadoras de embarcaciones marítimas dentro del municipio.
¿Cómo y cuándo se declara?
El pago deberá enterarse a más tardar el día 17 del mes posterior a la causación.
Prestadores de servicios de hospedaje:
Realizarán la declaración mediante boleta de entero ante la Tesorería Municipal.
Restaurantes, arrendadoras y otros:
A través de los canales de recaudación ya establecidos.
Procedimiento en caso de no tener actividad
Si genera una boleta en ceros, deberá presentar en Oficialía de Partes de la Tesorería Municipal:
- Escrito libre dirigido al Tesorero Municipal, justificando los motivos de la nula actividad.
- Documentación de soporte que acredite lo declarado en el escrito.
Ubicación y Horario
Palacio Municipal, Centro, San José del Cabo, B.C.S.
Horario: 8:00 am a 15:00 horas.
¿Necesitas más información?
Contacta a la Dirección Municipal de Ingresos
624 146 7600 ext. 1029
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