Los Cabos, B.C.S. - Información para 2025
Cuartos Hoteleros
70% UMA
Plataformas Digitales
200% UMA
Renta de Autos
50% UMA
Restaurantes y Bares
10% UMA
Embarcaciones Marítimas
50% UMA
Basado en el Decreto Legislativo 3134. UMA: Unidad de Medida y Actualización.
Nota: La tarifa se aplica por transacción. Ej: por noche/cuarto (hospedaje), por cuenta/mesa (restaurantes), o por contrato de arrendamiento (autos/embarcaciones).
El pago deberá enterarse a más tardar el día 17 del mes posterior a la causación.
Prestadores de servicios de hospedaje:
Realizarán la declaración mediante boleta de entero ante la Tesorería Municipal.
Restaurantes, arrendadoras y otros:
A través de los canales de recaudación ya establecidos.
Si genera una boleta en ceros, deberá presentar en Oficialía de Partes de la Tesorería Municipal:
Ubicación y Horario
Palacio Municipal, Centro, San José del Cabo, B.C.S.
Horario: 8:00 am a 15:00 horas.
Contacta a la Dirección Municipal de Ingresos
624 146 7600 ext. 1029
Ley de Hacienda del Municipio de Los Cabos, B.C.S.: Artículos 64, 65, 66, 71 y 137.